Por Dra Graciela Vizcay Gomez
Autorizar transgénicos viola los derechos de
las personas. Costa Rica da un gran paso adelante contra los transgénicos, que
muchos esperan será un ejemplo para otros países. La Corte Suprema de Justicia,
Sala Constitucional, con su voto de fecha 10 de septiembre de 2014 ha decidido
que la manera en que se les concede permiso para autorizar los transgénicos es
Inconstitucional y viola los derechos de los ciudadanos costarricenses.
Anula así por inconstitucional el artículo 132 del Decreto
Ejecutivo N° 26921-MAG del 20 de marzo de 1998. Esta sentencia tiene efectos
declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma, sin perjuicio
de los derechos adquiridos de buena fe.
La decisión se produjo en las últimas semanas después de las
medidas adoptadas por diversos grupos ambientalistas y productores que el 12 de
diciembre de 2012 habían llevado adelante una acción de inconstitucionalidad.
El "Expediente N° 12-017013-0007-CO
de Acción de Inconstitucionalidad , accionante Yasy Morales Chacon y otros",
tacha de Inconstitucionalidad a los artículos 117 y 118 del Reglamento de Ley
de Protección Fitosanitaria, por violar el derecho al ambiente sano y ecológicamente
equilibrado. Asimismo el Derecho constitucional a la participación ciudadana,
principio democrático, derecho de participación en asuntos que puedan afectar
el ambiente, tutelado en los artículos 50 y 89 de la Constitución.
Entre los fundamentos además se cita que contraviene
instrumentos internacionales como el Convenio sobre Diversidad Biológica
firmado por ese país. Los demandantes ya habían informado de que las normas
violan los derechos de los ciudadanos pero no se dio a conocer, más bien mantuvieron
la información oculta, técnica que se utiliza para dar el visto bueno para el
cultivo de OMG en el territorio nacional. El órgano judicial confirmó la
objeción fundada y de esta manera, se aseguró de que los procedimientos para la
autorización, a partir de ahora, serán accesibles a todos y esto permitirá que
los ciudadanos y las asociaciones a declarar su oposición a los permisos, ya
que ponen en grave riesgo equilibrio de los ecosistemas y la salud de la
población. Pero la lucha continúa.
También en Argentina, la causa que nos ocupa junto a
prestigiosos colegas en trámite en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Contecioso Administrativo Federal Juzgado C.A.F. N°3 de autos " GIMENEZ,
ALICIA FANY Y OTROS c/ EN Y OTROS s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA) ; se trata de
una demanda colectiva contra el Estado Nacional (Poder Ejecutivo y Poder
Legislativo), las provincias de Buenos Aires, Santiago del Estero y Entre Ríos,
el Consejo Federal de Medio Ambiente (CEFEMA), y las empresas Monsanto
Argentina, Dow AgroSciences, Nidera, Ciba-Geigy, Novartis Agrosem , Agrevo.,
Syngenta Seeds, Syngenta Agro, Pioneer, Bayer y Don Mario y cuyo objeto estriba
en que se ordene al Estado Nacional PEN, la suspensión de la resolución de la
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca 167/96, y de todas aquellas
resoluciones similares y posteriores que concedan autorizaciones de "eventos" transgénicos en vegetales
y animales para su diseminación o liberación irrestricta a gran escala en todo
el territorio nacional. La demanda incluye a la "Soja Liberty Link" y "Soja
Intacta RR2 PRO" y la venta y aplicación de glifosato o las sales
derivadas de éste o glufosinato de amonio.
Veremos la justicia argentina sigue el ejemplo de la
costarricense o prefiere desligarse de tal responsabilidad como ya lo hizo la
Corte Suprema.
Muchos de los jueces tienen un discurso hipócrita en las
aulas de las facultades pero en los tribunales, donde el pueblo no los ve
firmar, pisotean nuestra Carta Magna y con ella la vida de todos los
argentinos.
La resolución 2014-15017 representa la victoria de sólo uno
de los frentes de la guerra contra los transgénicos, porque el juicio en sí
mismo no le da la oportunidad de Costa Rica de forma permanente a deshacerse de
los cultivos transgénicos a pesar de que constituye un precedente importante.
Los movimientos ambientalistas costarricenses anunciaron que
continuarán "con el compromiso, que
no ha disminuido a la eliminación total de los organismos modificados
genéticamente." Pero adicionalmente, los permisos que se encontraban
en trámite, para liberar maíz transgénico, no se pueden otorgar, hasta no
ajustar la norma a las disposiciones de la Sala y garantizar que los
interesados cumplan con los nuevos requerimientos que se establecerán.
Fuente: Ecoportal.net
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