Javier Rodríguez Pardo
La libertad es patrimonio de todos y "todos nacemos libres en dignidad y derechos",
es un bien común. Como lo es el oxígeno que respiramos, el color de una flor,
el sonido de una cascada, el silencio o el murmullo de un bosque, el
viento, el cosmos, el pensamiento, la
velocidad de la luz o la capa de ozono. En este sentido, el suelo, el subsuelo
mineral, el glaciar, el agua, no son recursos naturales sino bienes comunes.
Dicho de otro modo, las riquezas que habitan en la tierra no son recursos
naturales, son bienes comunes. Referirse
a ellos como recursos naturales es la primera forma de apropiación, desde el
lenguaje.
Nadie tiene el
derecho a recurrir a un recurso natural, apropiándoselo, enajenándolo.
El derecho a recurrir
a un recurso natural termina en el mismo instante en que ese recurso
es también de otro, de otros. De manera
que las riquezas que admiramos de la tierra
y que denunciamos como propias en una acción extractiva, no son recursos
naturales sino bienes comunes, que pertenecen a los comunes. Bienes y comunes
componen un único ecosistema que se verá
alterado al recurrir a él de manera posesiva, esgrimiendo una propiedad falsa,
arrebatando del sitio a partes o a un todo que desequilibrarán el medio, el que
seguramente se verá dañado o irreparablemente modificado, mutado. No aceptamos
recurrir al recurso.
¿Quién admite que al recurrir al recurso no se vulneran
dominios ajenos? ¿Y de quien o quienes es entonces el recurso? ¿No será de los
comunes?
Si creemos que los recursos naturales son elementos que
constituyen la riqueza o la potencia de una nación, qué mejor que la definición
de ésta última, tal como proviene del latín "natio": "sociedad
natural de hombres a los que la unidad de territorio, de origen, de historia,
de lengua y de cultura, inclina a la comunidad de vida y crea la conciencia de
un destino común." Sus recursos pertenecen a ese destino común, a
ellos y a las generaciones futuras.
El concepto de propiedad privada del recurso natural nació
con imposición feudal e imperial y continúa disfrazado de las mismas leyes
coloniales. El subsuelo de las colonias de ultramar pertenecía al monarca y
sólo la superficie se le cedía al aventurero conquistador o adelantado. Eran
del monarca el oro, la plata, el cobre y todos los minerales que esconde el
suelo conquistado, derechos que ejercían tanto la corona británica como la
española y con iguales disposiciones.
¿Qué cambió?
Nada cambió. Ese mismo objeto del deseo, el subsuelo, se
convierte en propiedad privada de quien manifiesta o denuncia la existencia de
"pertenencias" extractivas
y sólo requiere la ratificación de la autoridad política a modo de registro,
control o tributo. En nombre del estado cedemos la potestad de los bienes
comunes y aquél que se arroga tal facultad no fue elegido por el pueblo para
esa función. No elegimos a nuestros gobernantes para que extranjericen
territorios, vendan provincias, derriben montañas, destruyan glaciares, desvíen
ríos, enajenen bosques nativos
ancestrales y entreguen las altas cuencas hídricas, ecosistemas que nutren a
las poblaciones, que les dan vida, razón de existencia y de futuro.
Los bienes comunes no se hallan en venta, no son
negociables, precisamente porque son comunes, tampoco son públicos ni naturales
por más que descansen en la naturaleza milenaria y estén al alcance depredador
del público. El concepto de público (total es público), está virtualmente
asociado a depredar y al uso del libre albedrío, no al concepto de pertenencia
de todo un pueblo, acepción que debiera ser usada como válida. Entonces
hablamos de bienes comunes, no de bienes públicos ni de bienes naturales. Se
hallan en la naturaleza y por tanto se los quiere hacer aparecer como opuestos
a los objetos artificiales creados por el hombre. Reemplazar la expresión
recursos naturales por la de bienes naturales contempla el error de
considerarlos propiedad, están ahí, disponibles: naturales por artificiales.
Los bienes comunes, en definitiva, trascienden a los bienes particulares y los
reconocemos integrados a ecosistemas, a su vez a bioregiones dentro de la gran
esfera que nos involucra a todos; es en este sentido que no debo adueñarme del
oxígeno del aire, por ejemplo, cuando estoy obligado a compartirlo. Incluso
para los legistas, esta propiedad –mejor aún, lo que es propio- termina cuando
irrumpo en la del prójimo, válido para el caso que nos preocupa.
Ante el avance de las invasiones mineras y de políticas que
intentan legitimar la rapiña extractiva, corregimos que las riquezas que
habitan en la tierra no son recursos naturales sino bienes comunes.
Javier Rodríguez Pardo, Movimiento Antinuclear del Chubut
(MACH), Red Nacional de Acción Ecologista (RENACE), Unión de Asambleas
Ciudadanas (UAC)
Fuente: lafogata.org
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